Separación de Bienes

La separación de bienes implica que cada uno de los cónyuges es dueño de su patrimonio personal, tanto el generado antes del matrimonio como el ingresado a posteriori. Además le corresponderá a cada uno de ellos el uso y disfrute de esos bienes, pudiendo disponer libremente de ellos. En la práctica esto supone que no necesita consentimiento de su pareja para realizar cualquier tipo de operación, por ejemplo, venta o alquiler de sus propiedades. Es la opción más recomendable para evitar conflictos en el futuro.

Relocación de Residencia con Hijos

El divorcio es para muchos el principio de una serie de cambios importantes en la vida de una familia., el cual afecta a todos y cada uno de los miembros de la hoy familia desintegrada. Entre estos cambios que se presentan podemos mencionar: el que uno de los padres se vuelva a casar con otra persona completamente extraña a la familia, el que uno de los padres se tenga que alejar de lo que siempre ha sido su “residencia principal”; o sencillamente desee comenzar una nueva vida, lo que se conoce usualmente como un nuevo comienzo. Estos cambios podrían convertirse en serios problemas cuando es el padre custodio el que los ejecuta, al mudarse él y sus hijos de su residencia principal a otro lugar, y esto no es aceptado por el padre no custodio. A este cambio de residencia principal, o traslado a otro lugar lejano al del padre no custodio, se le llama relocalización.

Ocurre una relocalización cuando se aleja a un menor de su padre no custodio debido a que su padre custodio cambió su residencia principal y se disminuyen las posibilidades de que éstos se relacionen. Es ahí donde comienza el problema, cuando este padre no custodio, o el tribunal, se opone a que se apruebe el traslado. Pero, ¿deben oponerse al traslado si son válidas las razones del padre custodio para trasladarse? Entendemos que no. Algunas de las diferentes razones presentadas por los padres custodios al solicitar que se les permita relocalizarse son: que han conseguido en otro lugar mejores oportunidades de trabajo y, por consiguiente, mejor oportunidad de vida para él y para sus hijos; que se han casado nuevamente y desean irse a vivir con su cónyuge a otro lugar; que desean estar cerca de su familia extendida, o simplemente que desean comenzar una nueva vida. El problema a esta deseada relocalización es el posible menoscabo al derecho de visita que tiene el padre no custodio para con su hijo y la lucha que se puede crear por ello en los tribunales

 

Manutención de Conyugue

Cuando una pareja se separa legalmente o se divorcia, la corte puede ordenar que 1 cónyuge o miembro de la pareja de hecho tenga que pagarle al otro una cierta cantidad de dinero de manutención cada mes. Esto se llama “manutención del cónyuge” para parejas casadas, y “manutención de la pareja de hecho” para las parejas de hecho. A veces también se le dice “pensión alimenticia”.

Manutención de menores

Las cortes de California tienen la obligación de ordenar un monto de manutención de los hijos conforme a las pautas de manutención, a menos que el caso cumpla con 1 de las pocas excepciones legales a esta regla. Una de las excepciones es que las partes se pongan de acuerdo en un monto distinto (mayor o menor) de lo que establecen las pautas, siempre que cumpla con ciertas condiciones.

Custodia de Menores

Usted y el otro padre son responsables por la manutención de sus hijos si son menores de 18 años de edad. Y esa obligación se puede extender más allá de los 18 años si se reúnen ciertas condiciones.
La mejor solución para los hijos es que los padres lleguen a un acuerdo sobre quién estará a cargo de cuidarlos. Si usted y el otro padre se ponen de acuerdo sobre un plan de crianza de los hijos, debe adjuntar una copia del plan a los papeles de la disolución. Su plan de crianza de los hijos se puede convertir en una orden de la corte; en la mayoría de los casos un juez aprueba un plan de custodia acordado por ambos padres.
Si usted y el otro padre no se pueden poner de acuerdo sobre la custodia o la visitación, un juez tomará la decisión por ustedes, puede dar la custodia de los hijos a uno de los padres o a ambos y, en algunos casos, a otro adulto, basándose en el mejor interés de los niños.
Opciones que tiene el Juez al conceder la custodia.

  • Custodia legal conjunta:Los padres comparten el derecho y la responsabilidad de tomar decisiones importantes sobre la salud, la educación y el bienestar de sus hijos. Esas decisiones pueden incluir, por ejemplo, determinar dónde asistirán los niños a la escuela o si deben usar frenos para enderezarles los dientes.
  • Custodia legal exclusiva:Uno de los padres tiene derecho a tomar decisiones sobre la salud, la educación y el bienestar de los niños.
  • Custodia física conjunta:Los niños pasan tiempo regularmente viviendo con cada padre. Sin embargo, eso no significa que los niños deben pasar cantidades de tiempo iguales con cada padre.
  • Custodia física exclusiva:El niño vive con uno de los padres y el otro padre tiene derecho a visitarlo.

Mediación

La mediación es un método alternativo de resolver conflictos la cual tiene como finalidad intrínseca arribar a la solución integral de un conflicto entre partes, evitando de este modo, llegar a la instancia judicial, por ello denominado también etapa “previa”. Los principios rectoren que guían e instrumentan la etapa de mediación son: la confidencialidad, la oralidad entre las partes y la plena comunicación entre las mismas, la imparcialidad del mediador interviniente y la neutralidad del mismo frente a la materia traída a cuestión.

La mediación se distingue de otros métodos emparentados como la conciliación y el arbitraje. Se caracteriza por el principio de neutralidad y no reemplaza el papel protagónico de las partes en la elaboración del acuerdo.

La mediación adquiere características especiales según se trate de conflictos internacionales, sociales o colectivos, e individuales

Un beneficio claro de este sistema es que hay mayores posibilidades de cumplimiento voluntario y colaborativo de la decisión tomada, si lo comparamos con la sentencia de un juez. En este sentido, mediación descomprime el trabajo de los juzgados, que sólo intervendrán en caso de no que no se llegue a un acuerdo.

Separación Legal

La separación matrimonial es una situación jurídica intermedia entre el matrimonio y el divorcio.

En muchos ordenamientos jurídicos, la ley no contempla la posibilidad del divorcio, por motivos principalmente religiosos o culturales (el caso emblemático es el del Derecho canónico, que ha influido bastante en muchos ordenamientos jurídicos de países de mayoría cristiana). Por ese motivo, se ha creado un sistema a medio camino entre el matrimonio y el divorcio, que permite que siga existiendo el vínculo matrimonial, mientras que se terminan muchos de los derechos y obligaciones existentes para una pareja casada.

 

Lo más habitual en un régimen de separación matrimonial, aunque puede variar en función del ordenamiento jurídico, es que existan las siguientes diferencias con el vínculo matrimonial:

  • Desaparece la obligación de vivir en el domicilio conyugal (en las legislaciones donde esta obligación existe). Este es un requisito esencial en la separación.
  • Se debe liquidar el régimen económico matrimonial. A partir de la separación, las partes liquidan la comunidad de bienes (en el caso de que existiese), y pasan a regirse por separación de bienescomo si no estuviesen casados.
  • Se procede a repartir la custodia legalde los hijos, el régimen de visitas y la pensión de alimentos en favor de los hijos en su caso.
  • Si la legislación lo contempla y si existe desequilibrio económico entre los cónyuges, se puede establecer la pensión compensatoria(también denominada en algunos casos pensión de alimentos) de un cónyuge al otro.
  • Los separados pierden los derechos hereditarios que corresponden a los cónyuges.
  • Uno de los padres se hace responsable por sus hijos o cada uno se queda con uno.

La principal diferencia entre la separación y el divorcio es que el matrimonio sigue existiendo. Por este motivo:

  • Una persona separada no puede volver a contraer matrimonio, porque incurriría en bigamia.
  • Una persona separada, puede divorciarse posteriormente.

Migración

Estamos en vivo en el programa "Consejo de Amigos" en RCN 1470 con Edmundo Sanchez, hablando de temas legales y de inmigración

Posted by The Law Office of Giovanna Gallo on miércoles, 7 de junio de 2017

Ya regresamos a RCN 1470

Posted by The Law Office of Giovanna Gallo on miércoles, 3 de mayo de 2017